El fiscal Sandro Abraldes se opuso a suspender el proceso judicial, pero avaló la internación psiquiátrica del músico, quien debía comenzar a ser juzgado por el crimen contra un vecino cometido en 2018.
En 2018, el músico Cristian “Pity” Álvarez cometió homicidio contra un vecino en el barrio de Villa Lugano, por lo que debía comenzar a ser juzgado. En oposición, su defensor oficial argumentó que padece problemas psicológicos y psiquiátricos que le impiden estar en un juicio o comprender la criminalidad de sus actos. Sin embargo, el fiscal Sandro Abraldes se opuso al pedido de sobreseimiento.
Si bien la fiscalía no dio lugar al pedido de la defensa, sí pidió el cese de la prisión preventiva del acusado debido a su estado de salud mental. Asimismo, solicitó que, como medida de seguridad, permanezca internado dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza.

El músico permanecerá detenido en Ezeiza.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación informó a través de su sitio web www.fiscales.gov.ar que Abraldes sostuvo que “los profesionales que evaluaron recientemente a Álvarez se limitaron a contestar los puntos solicitados por el tribunal en lo referente a la capacidad para afrontar el debate oral y público; sin que de ello quepa extraer conclusiones referidas a la presunta inimputabilidad al momento de comisión del delito imputado”.
En ese sentido, el fiscal recordó lo dictaminado tanto en octubre de 2018 como en marzo de 2020 cuando el Cuerpo Médico Forense (CMF) consideró que al momento de los hechos Álvarez (48) pudo comprender la criminalidad de sus acciones. Además, señaló que en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación se establece que si el imputado se cura, la causa proseguirá, por lo que solicitó que Álvarez sea evaluado periódicamente cada seis meses.